Información, Noticias y Apuntes para el Experto en Seguridad Laboral, Salud Ocupacional, Ergonomía y Medio Ambiente
Desastres Industriales 1 "El Desastre de Bhopal"
Estos accidentes pasan a la historia transformándose en desastres, uniéndose a una eterna lista negra, recordándonos lo frágil que es la vida y lo importante que es nuestra labor preventiva en la empresa.
Periódicamente en El Asesor en Prevención de Riesgos, les expondremos los peores desastres industriales de la historia, los cuales han ocasionado más vidas perdidas y personas lesionadas.
Se estima que entre 6.000 y 8.000 personas murieron en la primera semana
tras el escape tóxico y al menos otras 12.000 fallecieron posteriormente como
consecuencia directa de la catástrofe, que afectó a más de 600.000 personas,
150.000 de las cuales sufrieron graves secuelas. Además, perecieron también
miles de cabezas de ganado y animales domésticos y todo el entorno del lugar
del accidente quedó seriamente contaminado por sustancias tóxicas y metales
pesados que tardarán muchos años en desaparecer. La planta química fue
abandonada tras el accidente y Union Carbide no respondió por los daños
causados.Serie Los Inspectores por Nat Geo
Accidentes Laborales en Chile: 223 fallecidos en 2013
Prevención de Riesgos Eléctricos
.
Cabe destacar que, una persona se electriza cuando la corriente eléctrica circula por su cuerpo, es decir, cuando la persona forma parte del circuito eléctrico, pudiendo, al menos, distinguir dos puntos de contacto: uno de entrada y otro de salida de la corriente. La electrocución se produce cuando dicha persona fallece debido al paso de la corriente por su cuerpo.
CONSEJOS PARA UNAS VACACIONES SEGURAS
- Antes de salir de vacaciones, mantenga siempre una actitud preventiva.
- Mantenga su concentración en el trabajo y evite pensar en las cosas que tiene planificado hacer durante las vacaciones.
- No deje tareas pendientes.
Antes de empezar el viaje
- Planifique con anticipación, compartiendo responsabilidades con los demas integrantes de la familia.
- Defina el itinerario tomando en cuenta los lugares de detención para descanso y alimentación. Infórmese del estado de las carreteras y del clima de los lugares a visitar.
- Revise el nivel de agua y aceite y la presión de aire en los neumáticos y en la rueda de repuesto. Llene el estanque de bencina el día antes de partir.
Durante las vacaciones
- Use siempre su cinturón de seguridad y pida a los pasajeros qu tambien lo hagan.
- Al llegar al lugar de destino, consiga un mapa del lugar e identifique teléfonos de emergencia, hospital y Carabineros.
- Si viaja a un país de habla extranjera, asegúrese de, al menos, saber cómo pedir ayuda médica.
- Para prevenir enfermades como el Hanta Virus, ventile las casas que han estado cerradas por varios meses. Moje y trapee el piso con una solución desinfectante.
- Evite la exposición solar entre las 12:00 y 16:00 hrs.
- Aplique un protector solar de acuerdo con su tipo de piel una media hora antes de la exposición al sol. Renueve la aplicación después de cada baño.
- Aplique a los niños un protector solar de mayor rango (60 o más) y resistente al agua. Protéjalos con gorro, lentes y una polera clara.
- Después del sol, una ducha y aplicación de una loción hidratante son beneficiosas y gratificantes para la piel.
- Consuma abundante fruta y agua.
- Si Sale de viaje al extranjero y duda de la potabilidad del agua, utilice agua embotellada y evite los cubos de hielo en las bebidas.
En su retorno al trabajo
- Reintégrese de forma pausada. no vuelva de sus vacaciones justo antes de retomar su trabajo. Tómese un pequeño periódo de adaptación (2 ó 3 días).
- Reúnase con su jefe directo para realizar la "Charla de Inducción", donde conocerá las informaciones más relevantes sucedidas durante su periódo de descanso.
- Haga una revisión minuciosa de sus EPP y equipos a cargo.
- Tenga mayor precaución en las labores que realiza durante los primeros días. Recuerde que todos necesitamos un tiempo de adaptación para retomar el régimen normal de horarios, responabilidades y obligaciones.
Resumen de la Ley 16.744
Esta Ley es un Seguro Social OBLIGATORIO contra los Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
OBJETIVOS DE LA LEY
• PREVENIR: Con el propósito de evitar que ocurra el accidente o se contraiga la Enfermedad Profesional.
• OTORGAR ATENCION MEDICA: Para restituir al trabajador en lo posible, TODA su capacidad de trabajo.
• OTORGAR PRESTACIONES ECONOMICAS: para Reparar la pérdida de la capacidad de GANANCIA del trabajador y sus derecho-habientes.
• REHABILITAR: al trabajador para devolver en todo o en parte sus capacidades de ganancia.
• REEDUCAR: al afectado para darle posibilidades de desempeñar un nuevo oficio o profesión, considerando su capacidad residual de trabajo.
CONTINGENCIAS CUBIERTAS
1. ACCIDENTES DEL TRABAJO: Es toda lesión que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.
La denuncia del accidente se hace mediante un documento llamado DECLARACION INDIVIDUAL DE ACCIDENTE DEL TRABAJO (DIAT).
Son también considerados accidentes del trabajo:
- Los accidentes de DIRIGENTES SINDICALES a causa de su cometido gremial.
- Trabajador enviado al extranjero en caso de SISMOS O CATASTROFES.
- Trabajador enviado por la empresa a CURSOS DE CAPACITACION.
Excepciones:
- Los causados por FUERZA MAYOR EXTRAÑA y sin relación con el trabajo de la víctima.
- Los producidos INTENCIONALMENTE POR LA VICTIMA.
2. ACCIDENTES DE TRAYECTO: Son los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo o viceversa.
El concepto “habitación” involucra el lugar donde el trabajador habita o pernocta para luego dirigirse a su trabajo y no necesariamente debe ser su domicilio o residencia habitual.
3. ENFERMEDADES PROFESIONALES: Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
La denuncia de la Enfermedad Profesional se hace mediante un documento llamado DENUNCIA DE ENFERMEDAD PROFESIONAL (DEP).
* Las Enfermedades Profesionales se encuentran enumeradas en el Decreto Supremo Nº109, el cual fue modificado por el Decreto Supremo Nº73 publicado en el Diario Oficial el 7 de marzo del 2007, incorporando nuevas patologías a la lista de Enfermedades Profesionales.
Las nuevas enfermedades laborales establecidas son:
1. Leptospirosis
2. Virus VIH
3. Hepatitis virales B y C
4. Infección por Hanta virus
5. Tendinitis
6. Fiebre Q,
7. Artrosis secundaria de rodilla
8. Angiosarcoma hepático
9. Laringitis con disfonía
10. Nódulos laríngeos
11. Enfermedad por exposición aguda o crónica a altura geográfica
12. Enfermedad por descompresión inadecuada
13. Polineuritis
14. Trastornos hematológicos
15. Neurosis profesionales (depresión reactiva, trastorno de adaptación, trastorno de ansiedad y trastorno por somatización y por dolor crónico)
PERSONAS PROTEGIDAS
- Trabajadores por Cuenta Ajena: Cualquiera sean las labores que ejecuten, o cualquiera sea la naturaleza de la empresa, institución, servicio o persona para quien trabaje. El trabajador por cuenta ajena es aquel cuyas relaciones laborales con la entidad empleadora se rigen por las disposiciones del CODIGO DEL TRABAJO.
- Funcionarios de la Administración Civil del Estado, municipalidades y de instituciones descentralizadas del estado.
- Estudiantes de establecimientos fiscales o particulares, que se ACCIDENTEN a causa o con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional.
- Trabajadores Independientes.
- Trabajadores Familiares.
PRESTACIONES DEL SEGURO
• PRESTACIONES MEDICAS: La víctima de un accidente del trabajo o enfermedad profesional recibe gratuitamente hasta su curación o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por la enfermedad o accidente…
Las prestaciones médicas pueden ser:
o Atención Medica, Quirúrgica y Dental.
o Hospitalización.
o Medicamentos y Productos farmacéuticos.
o Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.
o Rehabilitación física.
o Reeducación profesional.
• PRESTACIONES ECONÓMICAS:
o Subsidios: Cuando el trabajador pierde su capacidad para trabajar en forma temporal el trabajador recibe un subsidio diario del 100% de su remuneración imponible. Es el promedio de los (3) meses anteriores al accidente.
o Indemnizaciones (15% y 40% CG): Cuando el trabajador pierde en forma permanente entre 15 y 40% de su capacidad de ganancia, recibe de una sola vez una indemnización que va de 1,5 a 15 veces su sueldo base.
o Pensiones (Más del 40% CG):
a) Cuando un trabajador pierde en forma permanente entre un 40 y 70% de su capacidad de ganancia, recibe una pensión mensual de 35% de su sueldo base.
b) Cuando la pérdida permanente de su capacidad de ganancia es superior o igual al 70%, recibe una pensión mensual de 70% de su sueldo base.
c) Cuando el trabajador pierde toda su capacidad de ganancia y no puede valerse por si mismo (gran invalidez) recibe una pensión mensual del 100% de su sueldo base.
d) En caso de muerte de un trabajador sus Derecho-Habientes percibirán una pensión de supervivencia.
DERECHO HABIENTES:
o Cónyuge.
o Hijos afectos a asignación familiar.
o Conviviente con hijos reconocidos.
o Ascendientes o descendientes causantes de Asignación familiar.
• ASESORÍA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS:
o Seguridad Industrial.
o Higiene Industrial.
o Medicina del Trabajo.
o Capacitación.
OBLIGACIONES EN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS
OBLIGACIONES DEL ESTADO:
o Supervigilancia y fiscalización.
o Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad.
OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES:
o Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad.
o Aplicar variación de cotizaciones adicional.
o Realizar actividades permanentes de prevención de riesgos.
o Las empresas con administraciones delegadas.
OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS:
o Implantar las medidas de prevención.
o Establecer y mantener al día un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.
o Proporcionar gratuitamente a los trabajadores equipos e implementos de protección necesarios.
o OBLIGACIÓN DE INFORMAR (ODI): Los empleadores tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa.
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES:
o Cumplir con las normas e instrucciones.
o Usar elementos de protección personal.
o Acudir a exámenes médicos de control.
TRABAJO EN TORRES DE ALTA TENSIÓN
Para Refexionar
Está capacitado para tal trabajo????
Cuenta con sus Elementos de Protección Personal Necesarios para esta tarea????
Conoce Los RIESGOS que implica el trabajo con ALTA TENSIÓN?????
Ya tomo todas las medidas necesarias???????
....Tiene usted una linda familia?
....Quiere ver crecer a sus hijos?
....No los quiere perder cierto?
Por ellos , por usted y por todos, PROTÉJASE.












